El Gobierno aprueba el proyecto por el que Interior asume el punto de contacto único de información policial con la UE
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Proyecto de Ley para el intercambio de información entre los servicios de seguridad y aduanas de los Estados miembros de la Unión Europea (UE) y lo ha remitido a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
De acuerdo al texto aprobado, el Ministerio del Interior se constituye, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, como el 'punto de contacto único' en España, en aplicación de la directiva europea 2023/977.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, adelantó el pasado 22 de octubre que este departamento ministerial seguiría albergando el 'punto de contacto único', después de que el PNV expresara sus recelos en el Congreso de los Diputados ya que policías autonómicas como la Ertzaintza no podían tener "acceso directo a otros cuerpos europeos sin el filtro de la Policía Nacional".
La propuesta elevada a las Cortes incorpora las observaciones remitidas por el Consejo de Estado, la Agencia Española de Protección de Datos, el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, según consta en las Referencias del Consejo de Ministros.
AUTORIDADES COMPETENTES
En aplicación de la directiva europea, el proyecto de ley crea las "autoridades competentes" para facilitar y coordinar los intercambios de información, que serán las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las policías autonómicas que tengan atribuidas competencias para la investigación de delitos y la Dirección Adjunta Aduanera de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
"El Ministerio del Interior, a través de la Secretaría de Estado de Seguridad, se constituye como el 'punto de contacto único' en España", señala el texto.
La norma fija las medidas necesarias para que puedan producirse "rápidos intercambios de información" entre los distintos servicios de seguridad y de aduanas de los Estados miembros que tengan competencia para la prevención, detección e investigación de infracciones penales y fija los principios que han de aplicarse en los intercambios, entre los que destaca la disponibilidad de la información, la confidencialidad de los datos y la fiabilidad de los mismos.
Además, establece un marco jurídico completo sobre el acceso por las autoridades competentes a la información, a través de los puntos de contacto único, determinando cómo ha de ser la solicitud, los plazos para responder y los supuestos de denegación, y recoge cómo se ha de proceder cuando sea necesaria una autorización judicial para proporcionar la información solicitada.

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