El Gobierno aprueba el Reglamento General de Carreteras
El Consejo de Ministros de este martes ha dado luz verde a un Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento General de Carreteras, mediante el que se desarrolla el contenido de la Ley de Carreteras vigente.
La ley, propuesta por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible tras la finalización de un periodo de consulta pública, parte del principio fundamental de que la Red de Carreteras del Estado (RCE) debe estar exclusivamente orientada a la prestación de servicio al tráfico de largo recorrido.
Esto supone conectar los principales núcleos de población, los puertos, aeropuertos, centros de transporte y de logística de interés general, los centros logísticos de la defensa, los principales pasos fronterizos, así como integrando los principales itinerarios de tráfico internacional.
El Ministerio explica en un comunicado que todas las actuaciones que puedan tener influencia en la carretera por plantearse en sus zonas de protección (franjas laterales del terreno definidas en las márgenes de la carretera), especialmente todo lo relativo a la planificación y desarrollos urbanísticos, deben acreditar expresamente su compatibilidad con la finalidad funcional de la carretera y resolver, por sí mismos, los problemas de movilidad que puedan plantear dichas actuaciones.
"Las carreteras del Estado no deben solucionar los problemas creados por el desarrollo urbanístico si no al revés, debe ser el desarrollo urbanístico el que cree las adecuadas condiciones de accesibilidad y capacidad en la carretera para que no haya problemas posteriores de movilidad", señala.
El nuevo reglamento desarrolla con detalle la cuestión referente a los informes sectoriales, preceptivos y vinculantes, que debe emitir la Dirección General de Carreteras del Ministerio, una vez acordada la redacción, revisión, modificación o adaptación de cualquier instrumento de planificación, desarrollo, ejecución o gestión territorial, urbanística, o de protección medioambiental, que pudiera afectar, directa o indirectamente, a las carreteras del Estado, o a sus elementos funcionales, por estar dentro de su zona de influencia.
Escribe tu comentario